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    28 de junio, Día Internacional del #OrgulloLGBTI

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    En los años 50 y 60, en los barrios de Greenwich Village y Harlem, en Nueva York, se gestó un intenso movimiento de población homosexual en exigencia del respeto a sus derechos humanos. La madrugada del 28 de junio en 1969 se realizó una redada policiaca en el bar Stonewall Inn y durante la intervención de las fuerzas de la ley aquella noche, hubo disturbios cuyo resultado en heridos y muertos provocó diversas marchas, manifestaciones contra la persecución, la opresión y contra un sistema legal que les es hostil. La fecha se estableció como el Día del Orgullo Gay y posteriormente Orgullo LGBT, que se conmemora con un gran desfile, pero también con un despliegue de información y concientización en torno a la comunidad LGBTTTIQA: Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti, Intersexual, Queer y Asexual (se agregan o quitan siglas, según la persona o agrupación que las refiera).

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    En muchas partes del mundo se celebra el movimiento de liberación homosexual que comenzó durante la Primera Guerra Mundial y no ha parado. Sigue siendo necesario educar a la población sobre el respeto a las personas de vivir su orientación sexoafectiva, su identidad sexual y su rol de género. La situación de cómo los gobiernos participan en torno a la comunidad difiere considerablemente entre unos y otros países.

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    En los años 50 la homosexualidad y bisexualidad era considerada una enfermedad mental, las personas eran encerradas en instituciones y sometidas a tratamientos de electrochoque, lobotomía, hipnosis e incluso castración. Hasta el año de 1990 se eliminó de la lista de enfermedades mentales de la Organización Mundial de la Salud y se instituyó el 17 de mayo como el Día Internacional contra la homofobia, transfobia y bifobia por la ONU; aún así, hoy en día el contacto sexual entre personas del mismo sexo biológico es castigado por la ley en 70 países.


    En la siguiente imagen compartida por BBC se muestra la protección contra la discriminación por orientación sexual y la criminalización de actos sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo.

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    En Sudáfrica, Bolivia, Ecuador, Nepal, Potugal, Suecia, Fiyi y México las personas de la diversidad LGBTTTIQA cuentan con protección por sus leyes. En Canadá fue necesario que la Corte Suprema estableciera los derechos en su carta magna; en nuestro país el Artículo Primero (1º) de la Constitución Mexicana estipula que “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece”.


    Desafortunadamente la protección constitucional no es suficiente; en casos como el de México, que tiene uno de los más altos niveles, también existe una expresión de violencia extrema contra los homosexuales y no hay igualdad, ya que al no haber una legislación, se les excluye de adquirir bienes, servicios, educación, salud y otros derechos fundamentales a quienes ostentan identidad de género distinta a la de su sexo biológico.

    En la siguiente liga les compartimos el "Glosario de la Diversidad Sexual, de Género y Características Sexuales" que difunde el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, CONAPRED, con el que aprenderemos mucho sobre respeto a los derechos humanos de las personas de la comunidad LGBTTTIQA.

    https://www.conapred.org.mx/documentos_cedoc/Glosario_TDSyG_WEB.pdf?fbclid=IwAR3rjUsCV85LOu6G43Kqva2lfRCTj4NajVDf3y7AkqUJqbG3DEvkBUf0NO4